jueves, septiembre 03, 2009

¿Leyendas de autor conocido?


Julio Carmona

Hace varios años, un sujeto (ya fallecido, por lo cual no digo su nombre) se empeñaba en hacerla de poeta; en ese afán, llegó a publicar como suyos unos versos de Borges, y cuando alguien le increpó la osadía, él se justificó con la siguiente explicación que también atribuyó a Borges: ‘Los poemas publicados ya no pertenecen a su autor sino a la humanidad’.

Don Ricardo Palma usó la “tradición” para sus creaciones narrativas, y sus temas tenían de leyenda, de historia, de anécdota y de invención propia; pero nunca dijo estar publicando leyendas, porque éstas –por definición– son de dominio público, pertenecen al bagaje cultural del pueblo, por eso tienen el atributo de lo anónimo, y de lo ecuménico. Los casos de José María Arguedas y de Miguel Ángel Asturias, “Mitos, leyendas y cuentos del Perú” y “Leyendas de Guatemala”, respectivamente, vendrían a ser excepciones que confirman la regla, pues los mismos títulos con la preposición “de”, que implica procedencia, posesión y hasta pertenencia, ofrecen al lector la idea de que los autores las han recogido de la memoria popular.

Pero un autor cualquiera que firma un libro con el título de “leyendas”, está dando –como diría Vallejo– “un traspié entre dos estrellas”, pues si los temas son suyos, sin tomarlos del acervo popular, lo que está haciendo es –como decía mi tía Lucía– “penitencia con avemarías ajenas”, porque, siendo la “leyenda” propia de la creación popular, es como si dijera: “Mi trabajo tiene el espaldarazo del pueblo”. Y puede ser que se trate de textos que ni siquiera han traspasado el primer umbral de lo literario: que estén bien escritos. De ser así, mejor que titule sus textos como “relatos”, mas no como “leyendas”. Y en el caso de que los temas pertenezcan al dominio público, a la tradición, al folclor, estará cometiendo “usurpación de autoría”, porque si las leyendas pertenecen a la creación popular, no pueden ser presentadas como propias de un autor en particular, cuando debía especificar que figura como compilador o antólogo, mas no como autor.

Lo descarado de estos robos está en tomar temas ya consabidos como, por ejemplo, el del taxista que es solicitado por una mujer que resulta ser la muerte o una muerta (Gabriel García Márquez lo trata –magistralmente– en una crónica periodística). Los “leyenderos” actúan como el “poeta muerto”, ignorando que: Dura lex, sed lex. Es decir que: Dura es la ley, pero es la ley. Y sin ley no hay leyenda.

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